Las ventas se realizan a través del Sistema de Mejoramiento de Oferta Continua, según lo establecido en el artículo 106 de la ley 8836. El sistema se complementa con las previsiones de la Ley 9788 y los decretos del Poder Ejecutivo Nº 963/10 y 1018/10.-
El proceso adoptado consiste en un sistema de venta con la debida publicidad obligatoria y facultativa, que asegure una amplia participación y concurrencia de interesados y oferentes, en la cual se prevé la apertura de un proceso de mejoramiento continuo de ofertas, con actos de aperturas sucesivos y periódicos, en los cuales los interesados pueden presentar libremente ofertas que mejoren en un mínimo al tres por ciento(3%) de la mejor oferta realizada en el acto de apertura inmediato anterior, el que será debidamente publicado.
Dicho procedimiento continúa hasta que, luego de la última publicación, no se presenten nuevas ofertas superadoras de la última mejor oferta presentada, todo ello sin perjuicio de las facultades discrecionales que conserva la “CORPORACIÓN INMOBILIARIA CORDOBA S.A.” en orden a la eventual adjudicación.-
Lo aquí expresado es a mero título informativo y no integra las condiciones formales del proceso, razón por la cual los interesados están sujetos a todas las disposiciones legales, reglamentarias y las propias de los pliegos respectivos.-
|